El pasado 27 de mayo de 2025 tuvo lugar un evento histórico para www.leyantifraude.com y para todo el sector tecnológico vinculado al software de facturación en España. Tuvimos el honor de organizar el primer webinar oficial con la Agencia Tributaria (AEAT), en el que participó directamente D. Javier Hurtado, inspector de Hacienda y uno de los principales redactores de la Ley Antifraude.
Este hecho refuerza nuestra posición como referentes en la materia y confirma el trabajo desarrollado desde 2021: más de 4.000 horas de asesoramiento y auditoría especializada en cumplimiento del artículo 29.2.j y el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria.
Un repaso a los temas clave del encuentro
A lo largo del webinar se abordaron aspectos críticos para todos los desarrolladores, distribuidores e implantadores de soluciones de facturación, incluyendo los más de 200 controles que aplicamos en nuestras auditorías.
La Ley Antifraude va mucho más allá de Veri*Factu
Durante la sesión, se aclaró un error muy común: pensar que cumplir con Veri*Factu es suficiente. La Ley 11/2021 no solo regula el envío de facturas, sino todo el ciclo de tratamiento de datos contables y fiscales. Así lo indica el artículo 201 bis, que considera infracción:
- Permitir contabilidades paralelas.
- Ocultar operaciones o alterar registros.
- Carecer de trazabilidad o inalterabilidad.
- No cumplir con los requisitos técnicos exigidos por el artículo 29.2.j.
- No certificar los sistemas cuando así se exige por vía reglamentaria.
¿Por qué algunos software incumplidores aún no han sido sancionados?
Nos preguntan con frecuencia por qué ciertas soluciones ampliamente usadas no han recibido sanciones, a pesar de permitir modificaciones de datos o incumplir requisitos clave. Nuestra respuesta es clara: aún no han sido sancionadas, pero lo serán. Están en el radar de la Administración y su revisión es solo cuestión de tiempo.
Las sanciones se aplicarán con criterio técnico
La AEAT dejó claro que el foco sancionador se centrará en aquellos desarrollos que claramente incumplan los requisitos esenciales (de la A a la E del artículo 201 bis). Las empresas que han trabajado con auditores cualificados y han hecho un esfuerzo real de cumplimiento, serán valoradas positivamente.
VERI*FACTU debe activarse indefectiblemente antes de emitir la factura
Uno de los conceptos más importantes del webinar fue el uso del término “indefectiblemente” por parte de la AEAT. Este señala que la generación del XML de alta (o anulación) debe realizarse antes o simultáneamente a la factura, sin excepción.
Esto tiene especial relevancia para sistemas que trabajan con APIs externas o desarrollos en la nube. Emitir una factura sin el correspondiente XML puede conllevar una infracción directa.
Conclusión
Este webinar ha marcado un antes y un después en la relación entre el sector del software y la Agencia Tributaria. Ha demostrado que no basta con tener un sistema «teóricamente válido», sino que es necesario demostrar su adecuación técnica y normativa mediante auditorías especializadas.
Desde www.leyantifraude.com, seguiremos liderando este proceso junto a más de 300 empresas de desarrollo con las que ya colaboramos. Si aún no has verificado tu software, te invitamos a contactar con nosotros y comenzar tu camino hacia el cumplimiento.