Registro horario de trabajadores. Borrador del real decreto.

Tras el bloqueo parlamentario del proyecto de ley para la reducción de la jornada laboral, toda la atención se ha desplazado hacia el nuevo desarrollo reglamentario del registro de jornada, cuyo borrador ya anticipa un cambio profundo en la forma en que las empresas deberán gestionar el control horario de sus trabajadores. Este Real Decreto, aún en fase de proyecto, no solo busca reforzar la fiabilidad y transparencia de los registros, sino también adaptarlos a un entorno plenamente digital y auditable, donde la trazabilidad y la autenticación de cada fichaje sean incuestionables. De esta manera, se pretende garantizar que las horas de trabajo, las pausas, el teletrabajo o las interrupciones derivadas del derecho a la desconexión digital queden correctamente documentadas, evitando abusos y asegurando un marco de cumplimiento verificable tanto por la Inspección de Trabajo como por los propios empleados.

Novedades registro horario

La primera gran novedad de este desarrollo normativo es la digitalización obligatoria de los sistemas de registro de jornada. A diferencia del marco anterior, que permitía el uso de formatos manuales o mixtos, el nuevo Real Decreto establece que los registros deberán realizarse siempre por medios digitales, asegurando así su inalterabilidad, integridad y conservación durante al menos cuatro años. Además, estos sistemas deberán contener información mínima muy detallada, como la identificación exacta del trabajador, las pausas no computables como tiempo efectivo, las interrupciones del derecho a la desconexión digital y la diferenciación entre trabajo presencial y remoto. Con ello, se busca una uniformidad técnica que evite las interpretaciones ambiguas y garantice una trazabilidad completa de la jornada laboral, tanto para las empresas como para los organismos de control.

Otro de los pilares del nuevo reglamento será la fiabilidad reforzada de los registros. Cualquier modificación sobre los asientos practicados deberá ser autorizada de forma expresa por ambas partes —empresa y trabajador—, quedando constancia digital indeleble del cambio, de su autor y del momento en que se produjo. Este mecanismo de huella digital aporta una garantía técnica y jurídica esencial, ya que elimina el riesgo de alteraciones unilaterales o retroactivas y otorga plena validez probatoria al registro en caso de inspección o conflicto laboral. En este contexto, la autenticación y la firma digital, junto con el sellado de tiempo y la trazabilidad, se convertirán en elementos imprescindibles dentro de los sistemas de control horario certificados.

Más derechos de acceso y supervisión

El nuevo marco también amplía los derechos de acceso y supervisión sobre los registros. Las personas trabajadoras, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social podrán acceder a ellos en cualquier momento y de manera inmediata, incluso de forma remota en el caso de la Inspección. Esta medida introduce un cambio sustancial en la transparencia de la información laboral, obligando a las empresas a disponer de sistemas accesibles, interoperables y preparados para la consulta en tiempo real. La representación legal de los trabajadores (RLT) también adquiere un papel protagonista, ya que la empresa deberá comunicarle cualquier discrepancia entre las partes sobre modificaciones realizadas en los registros, fortaleciendo el control colectivo sobre el cumplimiento de las obligaciones empresariales en materia de jornada y tiempo de trabajo.

Asimismo, el futuro Real Decreto exigirá la existencia de un protocolo interno obligatorio de organización del registro, que deberá estar documentado, actualizado y accesible. Este protocolo tendrá que definir de manera precisa cómo se practican los asientos y sus modificaciones, qué información debe recogerse en el sistema, cómo se evalúa periódicamente su funcionamiento y qué formación se ofrece a la plantilla sobre su uso. Su objetivo no es solo garantizar la seguridad técnica del sistema, sino también promover una cultura organizativa basada en la transparencia, la prevención de conflictos y la mejora continua de los procesos de control horario.

Desde ControlHorario.es, hemos anticipado esta evolución normativa y ayudamos a las empresas a adaptarse a tiempo mediante nuestros servicios de asesoramiento, auditoría y certificación de software de registro horario. Nuestro trabajo no se limita a verificar el cumplimiento formal de la ley, sino que abordamos los aspectos técnicos, legales y de ciberseguridad que exige el nuevo entorno regulatorio. Analizamos la integridad de los datos, la trazabilidad de los registros, la interoperabilidad con la Inspección de Trabajo y la protección de la información frente a accesos indebidos o manipulaciones. Además, certificamos que los sistemas de registro horario cumplan los estándares más exigentes de autenticación digital, sellado de tiempo y confidencialidad de los datos, alineándolos con el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) y el Reglamento eIDAS.

Conclusiones

En definitiva, el registro de jornada dejará de ser un mero trámite administrativo para convertirse en una herramienta digital de control exhaustiva, verificada y sujeta a supervisión continua. Las empresas deberán adaptarse no solo tecnológicamente, sino también organizativamente, revisando sus protocolos internos y reforzando la formación de sus equipos. En este nuevo escenario, contar con una certificación independiente que acredite el cumplimiento técnico y legal del sistema de registro horario será un elemento clave de confianza ante trabajadores, auditores e inspecciones. En ControlHorario.es, acompañamos a las organizaciones en este proceso con una visión integral y experta, garantizando que cada sistema no solo cumpla con la ley, sino que se convierta en un verdadero ejemplo de transparencia y fiabilidad.